La Fiscalía Provincial de Madrid ha archivado la denuncia interpuesta por la asociación ‘El Defensor del Paciente’ contra la presidenta de la Comunidad, Isabel Díaz Ayuso, a quien acusaba de haber ordenado la no derivación de residentes a hospitales de la región durante el pico de la crisis del coronavirus.

La denuncia, interpuesta por su presidenta, Carmen Flores, atribuía a la dirigente regional la presunta comisión de un delito de omisión del deber del socorro y homicidios imprudentes a raíz de las muertes acaecidas en estos centros haciendo referencia a las declaraciones que emitió en una entrevista concedida al diario ‘El Mundo’.

«Si ha habido técnicos y sanitarios que te dicen que igualmente esta persona va a fallecer, que mejor se quede ahí, yo no lo puedo cuestionar ahora en frío y a toro pasado», sostuvo Ayuso en dicha entrevista.

Para la Fiscalía, la presidenta regional «no reconoce» con sus palabras «haber ordenado de forma deliberada que no se aceptasen ancianos procedente de las residencias en los hospitales, y habla de criterios técnicos y sanitarios, en la toma de esa decisión».

Además, ha recogido la contestación a la información que le solicitó a la Consejería de Sanidad sobre esta cuestión. Desde el departamento que dirige Enrique Ruiz Escudero aseguraron que ante la situación «de excepcionalidad» generada por el coronavirus «se ha buscado, en todo momento, alcanzar la máxima eficiencia para la mayor cantidad de pacientes posible, intentando minimizar los eventuales daños o perjuicios mediante la aplicación de los principios de la bioética sin perder el enfoque individual y personalista de cada enfermo».

Haciendo, asimismo, alusión a las manifestaciones de Sanidad, la Fiscalía rechaza que Ayuso tuviera una conducta «insolidaria» con respecto a los mayores que no fueron considerados idóneos porque «no ha sido criterio excluyente para ingreso en las UCIS» sino un «factor recurrente con otros factores y que ha respondido a criterios médico sanitario y técnicos».

Por otro lado, ha sostenido que esa falta de solidaridad en todo caso iría dirigida a «una pluralidad de personas como sería la población residente que no h sido admitida en UCIS», con lo que habría que «analizar cada uno de los casos para ver el alcen más genérico de ese deber de socorro». Esto llevaría «a una prospección en la investigación de todo punto excluyente del tipo que se imputa a la presidenta.

«La naturaleza de esos delitos es de omisión pura, por no hacer lo esperado con relación a una persona en concreto que se halle desamparada y en peligro, son delitos de mera actividad o como dice la doctrina científica de inactividad. Pero el peligro o desamparo debe ser cierto concreto y determinado», ha apostillado.

Por todo ello, ha considerado que Ayuso «no concurre en su manifestación dato algunos que ponga de manifiesto el haber realizado alguna conducta constitutiva de delito de omisión de deber de socorro».

A pesar de esto, hace hincapié en que puede que las palabras de la jefa del Ejecutivo autonómico «no hayan sido todo lo explicativas que debieran ser a tenor de los criterios comunicados por la Consejería de Sanidad, pero el que sean desafortunadas no es indicativo de ser conductas delictuales».