Las restricciones a las entradas y salidas de la región, decretadas por la Comunidad de Madrid, que comenzaron el 4 de diciembre, día previo al puente de la Constitución, han terminado esta medianoche.

La medida se adoptó, con el fin de contener los contagios que podrían incrementarse con motivo de la excesiva movilidad que podría producirse durante un puente prenavideño, en el que la movilidad llega a triplicarse con respecto a otros días festivos y puentes, según indicaron los responsables de la Consejería de Sanidad para justificar la duración de la medida, que además presentaron como «un último esfuerzo» de cara a llegar en las mejores condiciones posibles a la Navidad.

Aunque el Gobierno regional no se planteaba volver a cerrar la región coincidiendo con las celebraciones navideñas, el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) sobre medidas comunes de cara a la Navidad señala que entre el 23 de diciembre y el 6 de enero las comunidades autónomas harán efectiva la limitación de la entrada y salida, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los motivos previstos, «así como para acudir a los lugares de residencia habitual de familiares o allegados».

HORARIOS Y AFOROS

En toda la Comunidad de Madrid, en virtud del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, de Estado de alarma, y del Decreto 29/2020, de 26 de octubre, de la Comunidad de Madrid, se ha establecido, además, la limitación de movimiento entre las 00.00 horas y las 06.00 horas, salvo por causa justificada, y el cierre de toda actividad de hostelería en la misma franja horaria. Asimismo, las reuniones sociales o familiares están limitadas a seis personas en cualquier franja horaria, salvo convivientes.

En el caso del comercio y servicios profesionales, así como los mercadillos al aire libre, no podrán iniciar la actividad antes de las 06.00 horas y deberán cerrar a las 22.00 horas, a excepción de las farmacias, establecimientos médicos, veterinarios, gasolineras y establecimientos que presten servicios imprescindibles e inaplazables. Los centros comerciales donde haya cines, restauración u ocio podrán cerrar a las 00.00 horas.

Por norma general, incluidos lugares de culto, instalaciones deportivas de interior, hostelería y restauración interior, el Decreto establece la reducción de los aforos en toda la región al 50 por ciento. Además, está suspendido el servicio en barra.

Las excepciones contempladas a la norma general del 50 por ciento son un 75 por ciento en teatros, cines y otras instalaciones culturales, un 40 por ciento en las salas multiusos polivalentes (como el Wizink Center), las terrazas al aire libre que permanecen al 75 por ciento, los establecimientos comerciales con el 75 por ciento y los centros de formación no reglada, al 75 por ciento.