El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 19 de Madrid ha dictado sentencia contra el Ayuntamiento de Arroyomolinos que deberá devolver 5.000 euros cobrados a un particular por el impuesto de Plusvalías, tal y como consta en una sentencia a la que ha tenido acceso Al Cabo de la Calle.

Al parecer y según ha podido sabe este periódico, este vecino vendió su inmueble con pérdidas. Y es que la vivienda fue comprada en el año 2005 y vendida en el año 2016 a un precio por debajo del precio de compra de 63.000 euros. Aún así el Ayuntamiento obligó al contribuyente a pagar más de 5.000 euros de este impuesto

Desde el Ayuntamiento manifiestan que están obligados a girar todos los recibos de plusvalía municipal

Sin embargo y tras poner su caso en conocimiento del despacho de abogados Afeplus Asociados, especializado en reclamaciones de plusvalía municipal el afectado interpuso un recurso que, finalmente, ha terminado por darle la razón frente a la pretensión del Ayuntamiento, que tendrá que devolver los 5.000 euros.

Afeplus considera que aportar un informe técnico pericial para demostrar y justificar la disminución del valor del suelo o terreno de naturaleza urbana es un medio de prueba determinante para conseguir una sentencia favorable. Como en este caso, donde el Juzgado ha dado la razón al vecino frente al Ayuntamiento de Arroyomolinos. Además, siguiendo la doctrina del Tribunal Constitucional, la línea de las futuras resoluciones judiciales será probar por parte del contribuyente mediante un prueba -en este caso, informe pericial- la no sujeción al impuesto.

Fuentes municipales consultadas por este periódico aseguran que el Consistorio tiene obligación de girar todos los recibos “porque el legislador no ha legislado en esta materia y el impuesto existe”. Reconociendo el derecho del ciudadano a reclamar cuando no esté de acuerdo.