El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 34 de Madrid ha anulado y dejado sin efecto el cobro del IBI de 2020 a un vecino de Leganés, al entender que «no se ajusta a derecho», según ha avanzado la Federación Local de Asociaciones Vecinales de Leganés.

El fallo, fechado el pasado 9 de abril y contra el que no cabe recurso ordinario, expone que el Ayuntamiento no comunicó de forma individual sino colectiva, el cambio de tipo de gravamen. Tampoco que se ampliaba el plazo voluntario de pago, dos circunstancias «contrarias al principio de seguridad jurídica».

La Federación, que el año pasado llamó a la movilización contra esta subida, ha asegurado que esta sentencia les da la «razón» cuando catalogó de «injusta» la subida del IBI de 2020, que supuso un incremento medio de un 13 por ciento en los recibos -unos 4 millones de euros más- y que el Gobierno local (PSOE y Más Madrid-Leganemos) justificó, porque era una imposición legal después de que el recibo no hubiese subido en años.

La entidad ha considerado que al declarar nulo el cobro en un caso concreto, debe ampliarse a toda la ciudadanía, por lo que ha exigido «la devolución de lo cobrado de más» en 2020.

También PP y ULEG han pedido la devolución del IBI de 2020 a los vecinos. Los populares la califican de «estafa colectiva» que «no debe quedar impune», y exigen disculpas al alcalde. Mientras que ULEG considera que «es imprescindible que el alcalde se someta a una cuestión de confianza», y pide la dimisión de la concejal de Hacienda.

UN CASO PARTICULAR Y RECURSO DE CASACIÓN

Por su parte, fuentes municipales han asegurado que se va a recurrir en casación este fallo. Además sostienen que la sentencia «solo produce efectos para el recurrente en la liquidación del IBI del ejercicio de 2020, sin que afecte al resto de contribuyentes, que no recurrieron las liquidaciones en el plazo legalmente previsto, deviniendo éstas en firmes y consentidas».

Por otro lado, las mismas fuentes insisten en que «debe tenerse en cuenta que la sentencia no afecta al padrón del ejercicio 2021, que ha sido aprobado conforme a la ordenanza fiscal aprobada por el Pleno».