La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha ratificado una sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Madrid que reconoció el pago de una indemnización de 114.000 euros a la familia de un antiguo trabajador de Uralita en Getafe que falleció tras estar expuesto al polvo de amianto.

De esta forma, ha estimado el recurso de la familia contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 31 de mayo de 2017 en reclamación de daños y perjuicios derivados de fallecimiento por enfermedad profesional.

El trabajador prestó sus servicios en Uralita durante 24 años y en 1986 se le diagnosticó asbestosis pleuropulmonar, por lo que le fue reconocida una incapacidad permanente derivada de enfermedad profesional, según consta en los antecedentes de hecho de la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 4 de febrero.

Asimismo, se señala que la empresa se dedicaba en Getafe principalmente a la fabricación de elementos para la construcción, tales como tuberías y cubiertas, a base de fibrocemento, para lo cual se usaba tanto el cemento como el amianto, que desprendía «un polvillo que se veía por toda la fábrica pues estaba presente en casi todas las secciones y las aspiraciones eran muy pobres».

Además, los restos de amianto del suelo «se recogían barriéndolos con un cepillo y en la fábrica no existían zonas identificadas como libres o contaminadas de amianto, mientras que a los trabajadores no se le facilitaron mascarillas hasta aproximadamente los años 80».

«El mono de trabajo que usaban tenía dos bolsillos y los trabajadores se quitaban el polvo que se les acumulaba encima con un cepillo o una goma, y solían llevar la ropa de trabajo a casa para lavarla», según consta en la sentencia.