Enrique Ruiz Escudero, en la entrevista en su despacho para Al Cabo de la Calle (Fotografía: Javier Jiménez)

El consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, ha reclamado por carta al titular de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, como responsable último del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS), una modificación legislativa que clarifique la tramitación de bajas por Covid ante el periodo obligatorio de aislamiento de siete días en personas asintomáticas.

En la misiva, el consejero madrileño alude a la posibilidad de que los médicos den el alta y la baja laboral en el mismo momento y sin necesidad de revisión médica, y pide claridad sobre las circunstancias contempladas en el Real Decreto que regula este asunto con el objetivo de lograr «seguridad y certidumbre jurídica», ante una situación que «podría contravenir la regulación vigente».

En este sentido, Escudero insta a Escrivá, en calidad de responsable de «elaborar la normativa en materia de Seguridad Social», a estudiar «a la mayor brevedad la posibilidad» la adopción de una disposición que «le otorgue cobertura expresa o en su defecto de una instrucción o circular interpretativa que ofrezca seguridad y certidumbre jurídica».

En cualquier caso, desde el Gobierno madrileño entienden que «concurre una situación de excepcional y urgente necesidad», que requiere modificar de forma «inaplazable la regulación actual para acoger la posibilidad apuntada con efectos inmediatos dado el interés general en el que se fundamenta».

«En caso de que no se realice modificación normativa o una instrucción clara al respecto, esta situación podría repetirse con otras patologías y otras duraciones de los procesos de Incapacidad Temporal que sería muy difícil de controlar actuando cada Comunidad a su libre parecer», alega el consejero.

En este mismo marco, Escudero alude a la «necesaria» modificación de la Ley General de la Seguridad Social para que los médicos de las Mutuas Colaboradoras «puedan hacerse cargo de la emisión de la baja y alta de los trabajadores incluidos en su ámbito de protección siempre que no requieran seguimiento clínico por tratarse de casos asintomáticos con un test positivo que les obliga a aislarse durante siete días».