Gobierno, empresarios y sindicatos han firmado una nueva prórroga de los ERTE por fuerza mayor a causa de la pandemia, hasta el 30 de septiembre. Los agentes sociales y el Ejecutivo han destacado que supone un nuevo éxito y ejemplo de que el diálogo social «funciona en España».

El acto de la firma se ha celebrado en el Ministerio de Trabajo, apenas tres horas antes del Consejo de Ministros extraordinario que aprobará el decreto que extiende los ERTE hasta después del verano.

La nueva prórroga de los mantiene básicamente el mismo esquema de protección a empresas y trabajadores vigente hasta el 31 de mayo, aunque con cambios en los porcentajes de bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social. Ahora, estas exoneraciones irán desde el 60% al 100%, concentrándose las más altas en la reincorporación de trabajadores a la actividad.

El esquema de los ERTE que estará en vigor hasta el 30 de septiembre mantendrá las tres modalidades de ERTE actuales: los destinados a los sectores ‘ultraprotegidos’ y a las empresas vinculadas a su cadena de valor; los ERTE de impedimento de la actividad, y los ERTE de limitación, los dos últimos pensados para restricciones administrativas temporales adoptadas como medida de freno a los contagios de Covid

En los ERTE de sectores ultraprotegidos y su cadena de valor de empresas con menos de 50 trabajadores las exenciones a la Seguridad Social serán del 95% si los trabajadores se quedan en el ERTE durante todo el periodo de vigencia del acuerdo (junio, julio, agosto y septiembre). En el caso de las empresas con más de 50 trabajadores, el porcentaje de exención será del 85%.

Para los trabajadores que se queden en el ERTE, es decir, cuya relación laboral permanezca suspendida, las exenciones, en el caso de empresas de sectores ultraprotegidos de menos de 50 trabajadores, serán del 85% en junio, julio y agosto y del 70% en septiembre. Si tienen más de 50 trabajadores en plantilla, serán del 75% en junio, julio y agosto y del 60% en septiembre.

SE MANTIENE LA CLÁUSULA DE SALVAGUARDA DEL EMPLEO

Asimismo, la prórroga mantendrá el compromiso de mantenimiento del empleo en su actual redacción, así como la prohibición a las empresas que hagan ERTE de despedir, interrumpir contratos temporales, repartir dividendos y realizar horas extraordinarias y externalizar actividad.

Los trabajadores afectados por ERTE seguirán teniendo acceso a la prestación sin periodo de carencia, no les computará el periodo consumido hasta enero de 2022 y la prestación equivaldrá al 70% de la base reguladora, como hasta ahora.