La Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado la condena a un año y tres meses de prisión a un hombre por agarrar del cuello y abofetear a su expareja en su domicilio de Getafe, saltándose la medida cautelar de prohibición de aproximarse a la mujer.

Así, el Tribunal ha desestimado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de 27 de septiembre de 2021, dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Getafe, que condenó al hombre por un delito de quebrantamiento de medida cautelar a 6 meses de prisión, y por otro delito de maltrato en el ámbito familiar a 9 meses de prisión.

Según el fallo, «la juez sentenciadora ha optado por acoger las versiones de una testigo, que convivía con la víctima, y en cuya declaración no se ha apreciado motivo alguno para considerar que declaraba falsamente», lo que permite a esta Sala afirmar «la corrección del proceso valorativo probatorio contenido en la sentencia apelada».

«No de otro modo pueden entenderse los hechos descritos acreditados mediante la prueba testifical directa, y ello con independencia de que la víctima se haya acogido a su derecho a no declarar», ha señalado el tribunal.