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El exalcalde de Getafe, Juan Soler, saliendo de los Juzgados tras acogerse a su derecho a no declarar

La Audiencia Provincial de Madrid ha estimado el recurso interpuesto por el exalcalde de Getafe, Juan Soler, en el marco del caso Teatro que se investiga en el Juzgado de Instrucción número 4 de Getafe a raíz de la querella interpuesta por el portavoz de Impulsa Getafe, Roberto Benítez.

«Con lo que las actuaciones procesales eventualmente seguidas en relación al mismo carecen de valor legal», dice la sentencia del 21 de enero de 2020 a la que ha tenido acceso en exclusiva Al Cabo de la Calle.

Juan Soler alegaba que el auto de 22 de marzo de 2017 acordó la complejidad de la causa y decidió establecer un plazo de 18 meses para su sustanciación, sin acudir a la posibilidad excepcional de una segunda ampliación del plazo de instrucción.

Y desde la Audiencia Provincial se estipula que «el día de cómputo inicial del plazo máximo de instrucción no es el de incoación de las diligencias previas, sino aquel en que el Juzgado ganó la competencia para investigar al recurrente».

Y esto fue el 24 de mayo de 2019, cuando Soler perdió la condición de senador, «pues con anterioridad a ese momento el Juzgado de Getafe carecía de competencia para investigarle y no podía acordar la diligencia de toma de declaración en calidad de investigado».

De esta manera, «la Sala considera que tratándose de persona aforada, ciertamente el juez de Instrucción carecía de competencia objetiva para sustanciar la investigación, y por consiguiente, también para acordar su prórroga en relación a la misma».

SIN VALOR LEGAL

Dicho lo anterior, desde la Audiencia Provincial consideran que «lo que debió realizar el Juzgado de Instrucción es la remisión de la correspondiente exposición razonada a la Sala 2ª del Tribunal Supremo dentro del plazo máximo establecido en el art. 324, y por tanto con anterioridad a la decisión de declaración de complejidad de la causa y de extensión de la instrucción por un plazo de 18 meses, que en modo alguno puede afectar a persona no sometida a la misma por razón de su aforamiento».

Por lo que se estima el recurso del exalcalde de Getafe «con el efecto propio de que las actuaciones procesales eventualmente seguidas en relación al mismo carecen de valor legal». Imponiéndose las costas en alzada.

INOCENTE

El pasado 28 de noviembre, Juan Soler acudió al Juzgado de Getafe donde estaba citado a declarar como investigado. Sin embargo y a expensas de este recurso que ahora ha ganado, el exregidor getafense se acogió a su derecho a no declarar.

En palabras a Al Cabo de la Calle, Soler manifestó sentirse “muy tranquilo” y confiando en que “al final todo esto se aclarará”. Y es que según el exalcalde de Getafe “no hay ningún problema porque es una cuestión meramente administrativa”. Reiterando que “yo sé que soy inocente».