La Comunidad de Madrid permite que los lugares de culto también terminen la actividad programada después de las 22.00 horas, tal y como también sucede en los cines, teatros, auditorios, circos de carpa, salas multiusos polivantes y espacios similares.

Así lo recoge en la modificación de la orden de las medidas excepcionales para frenar el avance del coronavirus, que se ha publicado este martes en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

El Gobierno madrileño incide en que dicha actividad podrá concluir «con posterioridad a la misma siempre que permita a los asistentes cumplir con la hora de comienzo de la limitación a la movilidad en horario nocturno».

Y es que a partir del jueves, 18 de enero, el toque de queda en la región pasa de las 22.00 a las 23.00 horas, y acaba a las 6.00 horas.