La Comunidad de Madrid avanzará hacia la normalidad, en dos fases, una vez que acabe el Estado de Alarma, el próximo 21 de junio. Así, desde ese día y hasta el 5 de julio, se aplicará una etapa y una segunda a partir del 6 de julio, que contempla los primeros días una reducción del aforo en espacios cerrados, a un 60% y en zonas abiertas, como terrazas, del 80%.

Así lo han explicado el vicepresidente regional, Ignacio Aguado, y el consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno extraordinario, que se ha celebrado en la Real Casa de Correos, este viernes. Mañana sábado se publicará en el BOCM, para que entren en vigor a las 00.00 del lunes.

En esa estrategia, se establece por ejemplo que comercios, bares y restaurantes abrirán a partir del lunes con un 60% de capacidad y luego, a partir del 5 de julio, se establecerán ampliaciones de aforo en distinto grado. Por ejemplo, los restaurantes podrán aumentar, tras el 5 de julio, al 70% de capacidad del interior y hasta el cien por cien en terrazas.

También, las discotecas de la Comunidad de Madrid permanecerán cerradas hasta el 5 de julio y se establecerán condiciones para que la vuelta a la actividad de estos locales se haga en condiciones de seguridad a partir de esa fecha, que implicará el cierre de las pistas de baile.

Por otro lado, hasta el 5 de julio permanecerán cerrados los centros de servicios sociales, excepto las residencias. A partir de dicha fecha los centros de servicios sociales podrán ir reanudando su actividad a medida que la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad permita su reapertura estableciendo las condiciones específicas para el desarrollo de su trabajo.

En cuanto a hoteles y alojamientos turísticos, hasta el próximo 5 de julio la ocupación de las zonas comunes no podrá superar el 60% de su aforo, que podrá ser de hasta el 75% a partir del 6 de julio. Los albergues, por su parte, tendrán una ocupación del 50% hasta nueva orden.

PISCINAS

En cuanto a las piscinas recreativas, tanto privadas como públicas, tendrán un aforo máximo del 50% hasta nuevas indicaciones. Corresponderá a los ayuntamientos regular las que sean de su titularidad.

Por otro lado, las piscinas deportivas tendrán un aforo del 75%. A partir del 6 de julio no habrá límite, si bien se mantiene la distancia de 1,5 metros entre sus usuarios.

PROHIBIDO EL BAÑO EN RÍOS

Hasta el 5 de julio, la actividad física y deportiva no federada y al aire libre se podrá realizar de forma individual o colectiva, hasta un máximo de 25 personas a la vez.

En el caso de los gimnasios, en la primera fase tras el Estado de Alarma, se podrá realizar actividad deportiva en grupos de hasta 20 personas, sin contacto físico y siempre que no se supere el 60% del aforo. A partir del 5 de julio, éste será de 75%. En todo caso, como en el transporte, es obligatorio el uso de mascarilla.

Por otro lado, se permiten los campamentos de actividades de tiempo libre, y se prohíbe el baño en ríos, lagos y pozas remansadas de agua dulce y no tratadas, así como en el resto de zonas fluviales, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.