El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) publicaba este viernes que los edificios de Pinto construidos o reconstruidos en 1992, así como en el intervalo de tiempo entre 1978 y 1982, ambos incluidos, están obligados a pasar una primera revisión a partir del año que viene.

Esto se hace en virtud del artículo 2 de la ordenanza municipal reguladora de la evaluación de edificios en Pinto, y se hace en aquellos inmuebles que tienen una antigüedad igual o superior a treinta años.

El BOCM ha publicado un anexo de los edificios que tendrán que presentar el ‘Informe de Evaluación’ dentro de los seis meses siguientes a la recepción de la notificación.