La Sección Octava del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado en una sentencia de este mes de julio, el recurso de apelación interpuesto por la Comunidad de Madrid contra los términos en los que Justicia le solicitaba la ejecución total de la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 29 de Madrid, que anulaba la venta en 2013 de casi 3.000 pisos sociales regionales a un fondo de inversión.

Este juez de primera instancia consideró en mayo de 2018 que dicha adjudicación «no se ajusta a derecho» y no estaba justificada por ningún «informe o análisis complementarios de carácter técnico, económico, financiero y legal». En concreto, el fallo señalaba que la enajenación de las viviendas repartidas en 32 promociones se justificó señalando que «no eran necesarias». Sin embargo, alegaban que esta afirmación ni está explicada ni justificada.

«No se ofrece ni justifica la razón o el porqué dejan de ser necesarias dichas promociones, cuando juntan un total de 2.935 viviendas que cumplen una labor social, como es la de proporcionar a clases desfavorecidas una vivienda digna», argumentaba la sentencia en su momento, ahora ratificada de nuevo.

«ALTERACIÓN» DEL PROGRAMA DEL IVIMA

Se indicaba además que faltaba el «requisito de innecesaridad de dichas promociones de patrimonio de la Comunidad de Madrid» y que la venta «supone toda una alteración del programa de actuación del IVIMA».

Contra este fallo tanto el Gobierno regional como Azora Gestión, el fondo que opera bajo el nombre comercial de Encasa Cibeles apelaron. Sin embargo, el TSJM desestimó este recurso, que a su vez fue recurrido en casación ante el Tribunal Supremo, que el 29 de noviembre de 2019 decidió su inadmisión por «manifiesta carencia de interés casacional objetivo».

Por escrito fechado el 20 de agosto de 2020, la representación procesal de D. Rachid B., el demandante por el que nació la causa judicial, instó la ejecución forzosa de la sentencia firme, estimatoria en los términos reproducidos.

Luego por Acuerdo de 18 de junio de 2020, del Consejo de Administración de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad se acordó «instar la ejecución de las resoluciones judiciales firmes recaídas en procedimientos iniciados por inquilinos de viviendas enajenadas por el anterior IVIMA a Encasa Cibeles en determinados términos, entre los que destacaba que «la ejecución consistiría en la recuperación por la Agencia de Vivienda Social de la propiedad de las viviendas de aquellos inquilinos demandantes que han obtenido un pronunciamiento judicial firme favorable».

Pero en febrero de este año el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 29 de Madrid declaró la nulidad del referido Acuerdo de 18 de junio de 2020, del Consejo de Administración de la Agencia de Vivienda Social, en la parte que restringe el alcance de la sentencia a ejecutar a la anulación de la adjudicación respecto de las viviendas ocupadas por los inquilinos que recurrieron la adjudicación de la enajenación de las 32 promociones y obtuvieron un pronunciamiento judicial firme favorable, declarando, al mismo tiempo, el auto en cuestión «alcanza a la totalidad de los inmuebles que las integran».

Y contra este auto se dirigió el presente recurso de apelación por parte del fondo de inversión y del Gobierno regional que ahora ha sido desestimado. «La pretensión estimada en la sentencia a ejecutar fue la anulatoria del contrato de enajenación de las 32 promociones de viviendas y demás inmuebles incluidos en dicha operación, y no la de reconocimiento de una situación jurídica individualizada, ejercitada de modo alternativo a la primera, que fue la única estimada íntegramente por el Juzgado de instancia», argumenta el fallo.

La presente sentencia es susceptible de recurso de casación, que deberá prepararse ante la misma Sala del TSJM en el plazo de treinta días, contados desde el siguiente al de su notificación. Según han indicado fuentes regionales, el fallo les ha sido notificado recientemente y ahora barajan si lo recurren o no.

LAS FAMILIAS PASARÁN A SER INQULINAS DE PLENO DERECHO DE LA COMUNIDAD

Ante esta nueva resolución judicial, la Comunidad de Madrid ha asegurado que garantizará que todas las familias afectadas por la enajenación de las diferentes promociones del antiguo Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA) –actual Agencia de Vivienda Social (AVS)– seguirán viviendo en los pisos.

La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura ha trasladado un «mensaje de tranquilidad» a todas las familias que, tras el fallo judicial, pasarán a ser inquilinos de pleno derecho de la AVS, han indicado fuentes del departamento que dirige Paloma Martín.

Así, con el fin de ofrecerles la mayor seguridad jurídica, se creará un grupo de trabajo que se pondrá en comunicación con los afectados para informales de su situación al convertirse en inquilinos de pleno derecho de la Agencia de Vivienda Social. También se concertará una cita individual con las familias para poder analizar caso por caso las condiciones de sus actuales contratos de arrendamiento y sus necesidades sociales.

Los técnicos de la Consejería, tanto personal jurídico como especializado en materia de vivienda social que forman parte del grupo de trabajo, analizarán en profundidad cada expediente para adaptar los actuales contratos de las familias a las condiciones del parque de viviendas con el que cuenta la AVS.

«La Comunidad de Madrid, consciente y sensible a la situación de especial necesidad en la que se encuentran estas familias, realizará también un seguimiento familiar y vecinal y se les prestará apoyo social continuado a aquellas que lo necesiten», recalcan las mismas fuentes.