El Pleno de Arroyomolinos, celebrado este lunes, ha aprobado una modificación de la ordenanza fiscal reguladora del IBI, que permitirá una rebaja de su cuota en el caso de que opten por instalar paneles. La propuesta ha salido adelante con los votos de PP, Ciudadanos, Vecinos por Arroyomolinos y VOX; las abstenciones de Podemos y la concejal no adscrita, Amelia Noguera; y el voto en contra de la edil no adscrita, Dolores Parra, así como de los ediles del PSOE.

Asimismo, y siguiendo la Orden 1110/2021 de la Comunidad de Madrid, el Gobierno municipal ha decidido también eliminar el coste que hasta ahora suponía la solicitud de licencias para ejecutar las obras de instalación de placas fotovoltaicas.

En concreto, se podrá optar a una reducción de hasta el 20%, con un máximo de 200 euros, en el caso de inmuebles no sujetos al régimen de propiedad horizontal en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento eléctrico de energía solar para el autoconsumo con una potencia mínima de 4,59Kw.

REQUISITOS

Dichos inmuebles deberán cumplir con los siguientes requisitos: que la edificación cuente con licencia de primera ocupación o de funcionamiento; que la instalación cuente con licencia municipal en servicio; y que los elementos de las instalaciones dispongan de las homologaciones de la Administración competente y del certificado de conexión a la red.

Así, en el caso de inmuebles de uso residencial la bonificación podrá llegar al 20%, con un máximo de 200 euros, siempre que su valor catastral sea inferior a 200.000 euros; con un 15% si su valor es mayor. Mientras que en los edificios de uso no residencial, la reducción será del 20%, para un valor catastral de hasta 300.000 euros; y del 15%, si el valor catastral supera esta cantidad, con un máximo de 350 euros en ambos casos.

En cuanto a las construcciones sujetas al régimen de propiedad horizontal, podrán disfrutar de las mismas reducciones siempre que se realice una instalación compartida que suministre energía a todos o parte de los inmuebles pertenecientes a un mismo edificio, con una potencia mínima de 3,45Kw por vivienda o local.

Estas bonificaciones tendrán carácter rogado y su plazo de solicitud será hasta el 1 de marzo del ejercicio en que surtan efecto.