La Oficina del Defensor del Pueblo ha dado la razón a los concejales del grupo municipal de VOX en el Ayuntamiento de Fuenlabrada, en la reclamación presentada ante dicha oficina frente a la decisión del alcalde, Javier Ayala, tras no convocar plenos ordinarios durante los meses de abril, mayo y junio.

El defensor señala que «el ejercicio de la función de concejal es expresión del derecho a la participación de los asuntos públicos recogido en el artículo 23 de la Constitución Española, y por tanto, expresión de un derecho fundamental que de acuerdo con reiterados pronunciamientos jurisprudenciales es de configuración legal, esto es, que se ejercerá en los términos recogidos en la Ley».

Añade, además, que «si bien ese Ayuntamiento justifica la falta de celebración de las sesiones ordinarias en la imposibilidad de celebrar sesiones presenciales debido a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, hay que tener en cuenta que estas podían haberse celebrado telemáticamente a través de los medios de los que ese Ayuntamiento contaba al menos desde el día 18 de mayo de 2020, fecha de celebración de la primera de las dos sesiones extraordinarias que se celebraron telemáticamente durante la vigencia del Estado de Alarma».

En el documento, que consta de cuatro folios, el defensor del pueblo apunta que el alcalde «ha de tener en cuenta que la jurisprudencia se ha pronunciado reiteradamente sobre la exigencia de respetar la periodicidad de convocatoria de las sesiones ordinarias del Pleno. No se puede desconocer que dentro del núcleo esencial del derecho de representación en los asuntos públicos en el ámbito local se integra, entre otras, la función de participación en el control del gobierno».

La portavoz de VOX en Fuenlabrada, Isabel Pérez, ha manifestado tras este fallo a su favor, que «vinimos a las instituciones a trabajar por los vecinos y para poder hacerlo necesitamos que los que gobiernan no coarten ninguno de nuestros derechos».