El Tribunal Constitucional salva los muebles a los ayuntamientos. Este miércoles daba conocer el fallo que tumbaba el sistema de cálculo del impuesto de Plusvalías. Así pues, solo podrán reclamarlo quienes estén pendientes de resolución judicial o de resolución administrativa, pero no quienes hayan liquidado el impuesto de forma provisional o definitiva sin haber impugnado el pago a fecha de dictarse la sentencia.

Sobre el alcance de la declaración de nulidad, la sentencia establece -tras apuntar que desde 2017 vienen llamando al legislador para que modifique ese impuesto- que no pueden considerarse situaciones susceptibles de ser revisadas con fundamento en esta sentencia, aquellas obligaciones tributarias devengadas por este impuesto, que a la fecha de dictarse la misma hayan sido decididas definitivamente mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada o mediante resolución administrativa firme.

El Tribunal de Garantías dice en el fallo que «la realidad económica ha destruido la presunción de revalorización anual de los terrenos urbanos que operó en la mente del legislador para crear la norma objetiva de valoración ahora cuestionada», y añade que «desaparece con ella la razonable aproximación o conexión que debe existir entre el incremento de valor efectivo y el objetivo o estimativo para que razones de técnica tributaria justifiquen el sacrificio del principio de capacidad económica como medida o parámetro del reparto de la carga tributaria en este impuesto».

Por eso, insiste en que el actual sistema es «ajeno a la realidad del mercado inmobiliario y de la crisis económica» y, por tanto, opera «al margen de la capacidad económica gravada por el impuesto y demostrada por el contribuyente», vulnerando así el principio de capacidad económica como criterio de imposición.

NUEVA FÓRMULA DEL IMPUESTO

Igualmente este miércoles la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha explicado que Gobierno llevará al Consejo de Ministros un texto legal para «corregir» los elementos que se han declarado inconstitucionales del impuesto de Plusvalías.