Una piscina comunitaria de Valdemoro

El Área de Salud del Ayuntamiento de Valdemoro ha puesto en marcha el programa de vigilancia y control de piscinas comunitarias, con el objetivo de reducir riesgos de accidentes y posibles enfermedades asociados a su uso y disfrute. La legislación que regula los requisitos técnico-sanitarios que deben cumplir estas instalaciones acuáticas de las comunidades de propietarios es el Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, y decreto autonómico 80/1998, de 14 de mayo, y la orden 1239/2021, de 13 de septiembre.

Quienes tengan la titularidad de alguna de las más de 150 piscinas de uso privado de las urbanizaciones o bloques de viviendas deberán presentar antes de su apertura la siguiente documentación: la comunicación previa de reapertura de la piscina de verano firmada por el presidente o representante legal, la declaración responsable, el análisis físico-químico y microbiológico del agua de cada uno de los vasos, el certificado de tratamiento de desratización, desinsectación y desinfección, el CIF de la comunidad y la licencia de Funcionamiento Municipal y el NIF del presidente de la comunidad de vecinos.

Durante toda la temporada estival las piscinas deberán tener a disposición de la inspección sanitaria, entre otros documentos, contrato del personal socorrista, médico o enfermero (si procede), ficha técnica de los productos químicos que se vayan a utilizar y libro de registro sanitario de piscinas (descargar en www.madrid.org). Además, es obligatorio que las comunidades de más de 30 viviendas presenten antes del 10 de agosto un segundo análisis físico-químico y microbiológico del agua de todos los vasos. En el caso de piscinas públicas de agrupaciones deportivas u otros colectivos, el trámite será mensual (antes del día 15 de cada mes).