El Tribunal Económico Administrativo Municipal, máxima autoridad administrativa de Fuenlabrada en cuestiones tributarias, ha estimado la reclamación de un empresario local contra la liquidación del IBI de 2017 que hizo la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada sobre varios inmuebles comerciales ubicados en el polígono industrial de Cobo Calleja. Por tanto, obliga al Consistorio a devolverle 63.190,6 euros más los intereses, al reconocer que se cobraron de forma indebida.

En la resolución fechada el 10 de febrero de 2021 y a la que ha tenido acceso Al Cabo de la Calle, el empresario alegaba la “ausencia de definición de los umbrales de valor catastral por uso de construcción para la aplicación de tipos diferenciados en la Ordenanza Fiscal reguladora del IBI. Además, a su juicio, esto umbrales eran “dispares, arbitrarios y discriminatorios”.

El Tribunal Económico Administrativo Municipal estima la reclamación de un empresario contra la liquidación de este impuesto en el año 2017

Por otro lado, también reclamaba que en la norma aprobada por el Ayuntamiento de Fuenlabrada no se explicaba el número de inmuebles ni los usos a efectos de aplicar los tipos diferenciados, además de que “la cuantificación de los umbrales publicados en el BOCM no fueron aprobados por el órgano competente”.

Motivos suficientes por los que solicitaba anular la liquidación del IBI de 2017 sobre sus locales comerciales, la devolución de las cantidades (un total de 63.190,6 euros), más los intereses. Peticiones estimadas finalmente por el Tribunal Económico Administrativo y que obligan al Ayuntamiento a devolverlas.

QUEBRANTO INCALCULABLE

La máxima autoridad administrativa tributaria de Fuenlabrada alude a la sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), número 341/2019, del 30 de mayo de 2019, que anulaba el apartado tres del artículo 8 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del IBI, aprobada en 2010 y vigente en 2017, cuando se efectuó esta reclamación.

En dicho fallo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid sentenciaba que el Ayuntamiento de Fuenlabrada había cobrado el IBI indebidamente durante varios años, en concreto del 2011 al 2017 ambos incluidos, a los inmuebles con mayor valor catastral de uso comercial, industrial o sanitario. A estos espacios, concretamente, se les aplicó un tipo diferencial de 1,23%, de los más altos de la zona sur de Madrid, en vez del 0,4%.

Esta nueva resolución se suma a la que publicó este periódico hace dos semanas, que obligaba también a devolver 18.000 euros cobrados indebidamente a otro empresario. Expertos en materia fiscal consultados ya auguraron que podría producirse un “quebranto municipal incalculable”.