El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes, en una reunión extraordinaria, un Real Decreto-ley por el que se prorrogan hasta el 30 de septiembre, los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTEs) asociados al Covid-19 y la prestación extraordinaria para autónomos, cuya actividad se haya visto mermada con la crisis.

Ambas prórrogas son fruto de las negociaciones que hasta última hora ha mantenido el Gobierno, en el primer caso, con CCOO, UGT, CEOE y Cepyme y, en el segundo, con las organizaciones de autónomos ATA, UPTA y Uatae.

La norma prohíbe a las empresas en ERTEs la realización de horas extraordinarias, el establecimiento o la reanudación de externalizaciones de la actividad y la concertación de nuevos contratos

En relación a los ERTE destaca el mantenimiento de los de fuerza mayor total, para las empresas que aún no han vuelto a la actividad y la posibilidad de que las empresas que se vean obligadas a cerrar de nuevo, por culpa de un rebrote del coronavirus, puedan acogerse a estos procedimientos.

Además, tendrán exenciones en las cuotas empresariales, aunque algo menores a las que se establecieron para el 30 de junio. Por otro lado, los ERTE de causas objetivas pasarán también a tener exenciones, como en el caso de los de fuerza mayor.

Las prestaciones por desempleo asociadas a los ERTE (que se conceden sin necesidad de cumplir el periodo de carencia y que implican ‘contador a cero’) se mantendrán hasta el 30 de septiembre, salvo las de los fijos discontinuos, que se prolongarán hasta el 31 de diciembre.

Además, la norma prohíbe a las empresas en ERTE la realización de horas extraordinarias, el establecimiento o la reanudación de externalizaciones de la actividad y la concertación de nuevos contratos, ya sean de mera directa o a través de una empresa de trabajo temporal (ETT).

AUTÓNOMOS

En cuanto a los autónomos, las medidas aprobadas incluyen una prórroga de la exención de las cuotas de la Seguridad Social para los autónomos que vinieran percibiendo la prestación extraordinaria, que incluía una ayuda económica y una exención de las cuotas. Así, estos trabajadores no pagarán la cuota de julio y tendrán una exención del 50% en agosto y del 25% en septiembre.

Así, estos trabajadores no pagarán la cuota de julio y tendrán una exención del 50% en agosto y del 25% en septiembre

Por otro lado, los beneficiarios de la prestación extraordinaria podrán mantenerla siempre que acrediten una reducción de la factura del 75% del tercer trimestre de este año en comparación con el mismo trimestre del año anterior.

“Las medidas adoptadas y que se haya hecho con acuerdo entre el Gobierno y las organizaciones de autónomos supone un gran paso”, ha dicho Lorenzo Amor, presidente de ATA.

Y es que hay que recordar que el diálogo social se rompió cuando el Gobierno de PSOE y Unidas Podemos, en plena pandemia, firmó con Bildu, sin contar con sindicatos y patronal, la derogación íntegra de la reforma laboral de 2012, gracias a la cual se ha reforzado la figura de los ERTE