La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha avanzado este lunes que, en 2024, entrará en vigor una nueva deducción en el IRPF destinada a cualquier persona que no haya residido en España en los cinco últimos años y quiera invertir y trasladarse a la región, convirtiéndose en nuevo contribuyente. En ese caso, se podrá desgravar el 20% del total de la inversión realizada en activos financieros en la cuota autonómica del impuesto, siempre que se mantenga durante los siguientes seis años.

Lo ha anunciado la jefa del Ejecutivo madrileño en Nueva York durante el desayuno informativo que ha protagonizado este lunes organizado por Spain-Us Chamber of Commerce e Invest in Madrid bajo el título ‘Madrid, líder en atracción de inversiones extranjeras’.

El Ejecutivo madrileño iniciará en las próximas semanas el procedimiento para llevarlo a cabo, como es la publicación del anteproyecto de ley en audiencia pública antes de poder elevarlo al Consejo de Gobierno.

Una vez éste lo apruebe, será remitido a la Asamblea, donde el PP tiene mayoría absoluta, para su tramitación parlamentaria y aprobación final. La pasada legislatura, VOX no apoyó la iniciativa, en el que fue uno de los mayores desencuentros entre el Gobierno de Ayuso y los de Rocío Monasterio.

Ayuso ha defendido el modelo económico de la Comunidad basado en una baja fiscalidad «que no castigue a las empresas» y una Administración «amable y eficaz, con menor burocracia posible». Como ha señalado la presidenta, la inversión será tanto para activos financieros como inmobiliarios.

«Que se queden a vivir entre nosotros es lo que queremos, que lleguen a Madrid nuevas familias que se establezcan aquí y vengan con sus hijos a seguir contribuyendo a esta España», ha explicado.

Con esta nueva medida no se establece tope máximo ni mínimo, es decir, este incentivo será aplicable a partir del primer euro invertido. El único límite anual será la propia cuota de IRPF sobre la que se aplica la deducción del 20%, es decir, si es suficiente para compensar toda la desgravación, se podrá hacer el primer año. Si no lo es, se irá repartiendo a lo largo de los siguientes cinco.

De esta manera, un madrileño retornado o extranjero que invierta 1 millón de euros, se podrá deducir el 20% del total (200.000 euros) si su cuota de IRPF para ese año es igual o superior. En caso contrario, lo que no se pueda aplicar ese año, se repartirá en los cinco siguientes ejercicios.