El secretario de Comunicación del PSOE de Natalia de Andrés aparece en un informe de la Agencia Tributaria que investiga casos de corrupción. Así se titulaba una noticia publicada en exclusiva por este periódico el 17 de enero de 2018, de acuerdo a un informe del mencionado organismo público que obra en poder de Al Cabo de la Calle.

El secretario de Comunicación del PSOE, entonces y actualmente, no es otro que Jesús Gamonal, que además concurre a las elecciones del 26 de mayo en el puesto número 10 de la lista del PSOE de Alcorcón. Gamonal fue candidato a la Alcaldía de Alcorcón en 2011 por UPyD y consiguió acta de concejal por la formación magenta hasta el 2015, año en el que desapareció de la política local.

Natalia de Andrés, líder de los socialistas locales y actual candidata del PSOE en Alcorcón, le rescató del ostracismo en 2017 para hacerle secretario de Comunicación del partido. De ahí la relevancia de la información publicada por este medio de acuerdo a un informe que hablaba de Gamonal como “empresario dedicado a diversos sectores siendo promotor de un centro de ocio rural agrícola vinculado a la ecología”.

Los tribunales avalan la información de este periódico que informó que el secretario de Comunicación del PSOE de Natalia de Andrés aparecía en un informe de la Agencia Tributaria que investiga casos de corrupción.

Una noticia que el propio Gamonal llevó a los tribunales al considerar que era inexacta. De esta manera demandó al director de este periódico, el periodista Roberto Resino, al que sentó en el banquillo en el ejercicio de su derecho de rectificación. Gamonal alegaba que “ni en su condición de secretario de Comunicación del PSOE de Natalia de Andrés, ni por sus actividades empresariales aparece en ningún informe de la Agencia Tributaria que investigue casos de corrupción”.

El juicio tuvo lugar y el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Alcorcón ha desestimado la demanda de Jesús Gamonal y dado la razón a este medio de comunicación, fallando en concreto que no hay lugar a la rectificación pretendida.

La magistrada firmante de la sentencia -con fecha 17 de enero de 2019 y teniendo constancia por el propio juzgado de que no ha habido recurso- explica en el fundamento jurídico segundo que “el derecho de rectificación es solo un medio del que dispone la persona aludida para prevenir o evitar el perjuicio que una determinada información puede irrogarle en su honor o en cualquier otro derecho o intereses legítimos, cuando considera que hechos lesivos mencionados en la información no son exactos”.

Pues bien, en el fundamento jurídico tercero, la sentencia refleja que “analizada la literalidad del titular y el cuerpo de la noticia, en relación con la rectificación pretendida y con la documentación aportada por la parte demandada -el director de Al Cabo de la Calle-, no procede la rectificación pretendida”.

EL TEXTO ES «CIERTO»

Así, la magistrada manifiesta que tanto en el titular como en la forma que se redacta la noticia, “el texto, en su significación literal, es cierto. Es decir, en el informe de la Agencia Tributaria que en fecha 23 de septiembre de 2014 se presentó ante la Fiscalía Especial Contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, solicitado por ésta en relación con las diligencias previas 85/2014 del Juzgado Central de Instrucción número 6, aparece citado el señor Gamonal en dos ocasiones. Una como socio al 50% de una sociedad (World Credit Finance, S.L., que adquirió 1.500 participaciones de otra entidad, Ocio Sano S.L.); y en una segunda referencia se le identifica como concejal y portavoz del grupo municipal de UPyD en el Ayuntamiento de Alcorcón desde junio de 2011 y como empresario dedicado a diversos sectores, siendo promotor de un centro de ocio rural agrícola vinculado a la ecología”.

La magistrada manifiesta que tanto en el titular como en la forma que se redacta la noticia, “el texto, en su significación literal, es cierto

De esta manera, “el texto de la noticia, en lo referido a la persona del demandante -el secretario de Comunicación del PSOE de Alcorcón- es cierto. Extracta textualmente parte del contenido del informe de la Agencia Tributaria”.

Por lo que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Alcorcón desestima la petición de Gamonal, avala la información de Al Cabo de la Calle y no se pronuncia sobre las costas del juicio.