El PSOE ha recurrido ante el Tribunal Constitucional (TC) la decisión del Tribunal Supremo (TS) de desestimar su petición de revisar unos 30.000 votos nulos de las elecciones generales del 23 de julio en la provincia de Madrid y anular la proclamación del dirigente del PP Carlos García Adanero como diputado electo.

En su recurso, los socialistas han alegado que la negativa del Supremo ha vulnerado el derecho fundamental al sufragio pasivo, al «realizar una interpretación restrictiva» de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), «respecto a la realización del escrutinio general y la posibilidad de la apertura de todos los votos nulos consignados».

A su juicio, también ha vulnerado el derecho fundamental de acceso en condiciones de igualdad a los cargos públicos electivos, «al producirse una situación de hecho diferenciada entre representantes cuyo ámbito de elección es el local y aquellos cuyo ámbito de elección es provincial o mayor».

Los socialistas añaden que «no hay en la LOREG ningún precepto que prohíba expresamente reclamar la revisión de los votos nulos que, de hecho, están en poder de la Junta Electoral en el acto de escrutinio general como parte del sobre número uno remitido por cada mesa electoral».

En su recurso, el PSOE ha afeado que el Supremo adoptara su decisión «en función únicamente del número de votos necesarios», y ha recordado que el Constitucional ya aceptó en 2015 que se revisara el voto nulo en Badajoz, donde los votos necesarios para alterar la composición del Parlamento era de «unos 900″ respecto a 7.118 votos nulos, frente a los 1.200 necesarios en Madrid respecto a unos 30.000 votos nulos».