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CSIF gana la batalla judicial al Ayuntamiento de Fuenlabrada. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dado la razón a CSIF en su demanda contra el acuerdo para la aprobación de bases para el proceso de concurso de traslados de varios puestos de jefe de unidad de gestión del Ayuntamiento.

«El derecho a acceder en condiciones de igualdad a los cargos públicos hace que los requisitos para el acceso a los empleos deban reunir las notas de generalidad, abstracción y objetividad, sin que sean admisibles referencias individualizadas y concretas que supongan una suerte de reserva ad personam”, dice el fallo al que ha tenido acceso Al Cabo de la Calle.

Todo arranca el 7 de abril de 2017. Entonces, UGT, CC.OO y PTAF aprobaron este acuerdo que para CSIF estaba «hecho a medida». El sindicato lo demandó y el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 18 de Madrid estimó parcialmente la demanda de CSIF.

El Ayuntamiento recurrió esa sentencia y ahora el TSJM ha tumbado el recurso del Consistorio y anula dichas bases. Algo que para CSIF «pone en evidencia el nepotismo del Ayuntamiento fuenlabreño».

CONDENA EN COSTAS AL AYUNTAMIENTO

El fallo del TSJM anula la base tercera apartado A del acuerdo de promoción interna. Y así,  admite participar al personal temporal. También reitera la anulación de la base octava, que establece una fase de oposición, cuyo resultado no podrá tenerse en cuenta para resolver el concurso.

CSIF señala que «esto afecta a dos de las trabajadoras que han promocionado siendo personal interino, sin tener plaza. Y a otra trabajadora que no tenía la antigüedad como funcionaria de carrera». El sindicato también señala que el fallo «afecta a otros tres trabajadores que, teniendo plaza fija, sí cumplen con los requisitos y podrán acceder a dicha promoción»

Además, la sentencia del TSJM condena al Ayuntamiento a rectificar el resultado del concurso teniendo en cuenta estas nulidades y le condena al pago de costas procesales, hasta un límite de 500 euros. «Dinero que pagarán los vecinos de Fuenlabrada de sus impuestos», dice CSIF.

AGENCIA DE COLOCACIÓN

Para CSIF esta sentencia es otra prueba más «de lo que es el Ayuntamiento de Fuenlabrada: una agencia de colocación». El sindicato por ellos exige al alcalde «que dirima responsabilidades entre todos aquellos que participan en este tipo de actos, entre ellos su personal de confianza”.

EL AYUNTAMIENTO VA A RECURRIR

Tras conocerse el fallo, fuentes municipales consultadas por Al Cabo de la Calle dicen que «el Ayuntamiento se apoya en la jurisprudencia existente de varias sentencias de la Unión Europea y del Tribunal Supremo que establecen la igualdad de derechos en este aspecto entre el personal fijo y temporal»

Además, confirman que se va a recurrir pero que «si no fuera favorable, el Ayuntamiento, por supuesto, acataría la sentencia y aplicaría estas dos modificaciones independientemente de las consecuencias que pudieran implicar».

A pesar de ello, las mismas fuentes insisten en que «se trata de una estimación parcial al recurso planteado por CSIF, no que el Tribunal le dé la razón y que consideramos que ningún trabajador ha quedado fuera de la convocatoria aludida, como dice el sindicato».